Cuando debo declarar un recibo por honorarios?

¿Cuándo debo declarar un recibo por honorarios?

Para hacerlo, tienes plazo hasta el décimo día hábil del mes siguiente al que te realizaron el pago, o cuando hiciste el cobro efectivo de ese monto. Ejemplo: Si emitiste un recibo por honorarios enero de 2022 y te pagaron ese mismo mes, tendrás entonces hasta el 14 de febrero para registrar el pago. RUC y clave SOL.

¿Qué pasa si no declaro mi recibo por honorarios?

La Multa es equivalente a 1 UIT si te encuentras en el Régimen General o Régimen MYPE (S/ 4,400 la infracción se comete en el 2021). La multa asciende a media UIT si te encuentras en el Régimen Especial de Renta o generas rentas de cuarta categoría (Recibos por honorarios).

¿Cómo se declara por honorarios?

Para declarar necesitas tener tus ingresos, gastos y retenciones organizados y sumados mensualmente para capturarlos en la aplicación de Declaraciones y Pagos en sat.gob.mx. Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente.

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¿Cuál es el monto máximo para emitir recibo por honorarios?

30/12/2021 Los trabajadores independientes (Cuarta Categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los 3,354 soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), de acuerdo con lo establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de …

¿Qué impuestos paga una persona fisica por honorarios?

Cuotas al IMSS. Impuesto local a la actividad profesional o empresarial. Pago de arrendamiento de local u oficinas.

¿Cuánto se paga de impuestos cuando se trabaja por honorarios?

El impuesto se determina aplicando la tasa de 25\% sobre el total del ingreso obtenido, sin deducción alguna.

¿Cuánto es el monto máximo de cuarta categoria 2022?

Puedes presentar tu solicitud de suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año 2022 no van a superar el monto de S/ 40,250.00 por el ejercicio de profesión, arte u oficio, o de S/ 32,200.00 , por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares.

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