Cuando comenzo el bloqueo en Venezuela?

¿Cuando comenzo el bloqueo en Venezuela?

Bloqueo naval a Venezuela de 1902-1903
Fecha 22 de diciembre de 1902 – 13 de febrero de 1903.
Lugar Venezuela
Casus belli Anuncio de suspensión temporal del servicio de la deuda externa del gobierno de Venezuela.
Conflicto Bloqueo naval de los puertos de La Guaira, Guanta, Puerto Cabello y Maracaibo.

¿Por qué Venezuela cayó en crisis?

Desde 2013 existe una crisis económica en Venezuela, como consecuencia de la caída de los precios del petróleo, las expropiaciones y las restricciones del control de cambio de la moneda, la corrupción, entre otros.

¿Qué relacion tiene Venezuela con Rusia?

Las relaciones Rusia-Venezuela son las relaciones internacionales entre Rusia y Venezuela. Venezuela sigue siendo uno de los más importantes aliados comerciales y militares de Rusia en América Latina (después de Brasil), haciendo un fuerte vínculo en las relaciones bilaterales entre las dos naciones.

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¿Cómo se calcula el embargo?

El embargo se calcula previos descuentos de ley, como los aportes a seguridad social y la retención en la fuente. Recordemos que al trabajador se le descuenta el 4\% por pensión y 4\% por salud, y en algunos casos retención en la fuente por salarios, de manera que primero se aplican esos descuentos y luego si se aplica el embargo.

¿Quién debe dar cumplimiento a la Orden de embargo?

El responsable de la nómina o pagador es quien debe dar cumplimiento a la orden de embargo, sujetándose a lo que disponga el fallo judicial que le ha sido notificado. Embargo de salarios y prestaciones sociales.

¿Cómo se regula el embargo de bienes?

El embargo se regula en los siguientes documentos: Ley de Enjuiciamiento Civil, Libro II (de los procesos declarativos), Título IV (de la ejecución dineraria), Capítulo III (del embargo de bienes), artículos 584 a 633. Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículos 589 a 614.

¿Cuáles son los límites a los embargos?

Así que, los límites a los embargos o los montos máximos a descontar por embargos son los señalados en los artículos 154, 155 y 156 del código sustantivo del trabajo, resumidos así: El salario mínimo es inembargable.

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