Como guardar los CDs?
Tabla de contenido
¿Cómo guardar los CDs?
Otros organismos como los Archivos Nacionales de Australia revelan que «los CDs y DVDs no son adecuados para un uso a largo plazo para archivar». Para preservarlos aconsejan tratar de guardarlos en sus cajas o, como mínimo, en fundas de plástico.
¿Qué indican las fechas de emisión y vencimiento del crédito documentario?
En el crédito documentario se indica la fecha de vencimiento, que es la fecha máxima que usted tendrá para presentar los documentos al banco.
¿Cuánto dura la información digital?
¿Cuánto tiempo pueden durar los datos digitales? Las personas, empresas y organizaciones hacen estas preguntas todos los días. La respuesta simple es: por mucho tiempo, indefinidamente, para siempre.
¿Cómo almacenar la información digital?
Los medios de almacenamiento digital incluyen discos duros, medios ópticos, tales como discos compactos (CD) y discos digitales versátiles (DVD), y tarjetas de memoria.
¿Cuál es la fecha de caducidad de un cheque bancario?
Aunque no figure fecha de caducidad en el mismo, a los 6 meses caduca. Si ves que se aproxima la fecha y deseas disponer de más tiempo, pide su reposición y la emisión de un nuevo cheque bancario.
¿Se puede cobrar un cheque caducado?
¿Se puede cobrar un cheque caducado? Puede darse el caso de que no podamos cumplir con los plazos e intentemos cobrar un cheque caducado, es decir, pasados los días que establece la ley. Si es así, podremos encontrarnos con varios casos:
¿Cómo se rige una deuda bancaria?
No importa si el deudor no es un comerciante, estará sujeto, por regla general, al derecho mercantil. De esta forma, podemos afirmar que una deuda bancaria se rige, generalmente, por las leyes mercantiles. Las operaciones bancarias, en lo general, están sujetas a la prescripción ordinaria mercantil.
¿Cuánto tiempo pueden extinguirse las deudas bancarias?
Las deudas bancarias pueden extinguirse en una década, siempre y cuando no existan demandas; de acuerdo al Código de Comercio, éste tiempo corre a partir de que el deudor incurre en mora.