Cuanto tiempo puedo viajar con residencia espanola?

¿Cuánto tiempo puedo viajar con residencia española?

Si cuenta con una autorización de residencia de larga duración (permanente) vigente, puede permanecer fuera de la Unión Europea por un período máximo de doce meses consecutivos. Si supera este plazo, tendrá que solicitar en el Consulado General de España un visado para poder regresar a España.

¿Qué necesita un residente para entrar a Estados Unidos?

Debe ser ciudadano de un país elegible. Para que usted pueda participar, no deben haber emigrado más de 50,000 personas de su país a Estados Unidos en los últimos cinco años.

  • Debe cumplir con el requisito de educación y/o experiencia laboral.
  • ¿Es posible viajar por Europa sin necesidad de llevar el pasaporte?

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    ¿Es posible viajar por Europa sin necesidad de llevar el pasaporte, es decir solo con la tarjeta comunitaria en vigor? La respuesta es NO. La tarjeta comunitaria, como cualquier otra autorización de residencia en España, acredita la condición de residente legal en nuestro país.

    ¿Cuál es el documento de identidad obligatorio para viajar a España?

    En el caso de los residentes legales en España, la tarjeta que contiene el NIE, no es un documento de identidad, por lo que es obligatorio viajar, además, con el pasaporte en vigor o con el título de viaje emitido por el Consulado.

    ¿Se puede viajar a todos los países de la Unión Europea?

    Los extranjeros que residen en España NO pueden viajar a todos los países de la Unión Europea 28 julio, 2021 Muchos extranjeros extracomunitarios que residen legalmente en territorio español nos preguntan, con frecuencia, si teniendo un permiso de residencia en España pueden viajar a cualquier país de la Unión Europea.

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    ¿Cómo solicitar un visado para viajar en otro país de la UE?

    Si viajan contigo o van a reunirse contigo en otro país de la UE, la solicitud debe tramitarse de forma rápida y gratuita: los países pertenecientes al espacio Schengen deben expedir los visados en un plazo de 15 días, salvo en casos excepcionales debidamente justificados por la administración nacional;