Quien tiene la potestad legislativa en la Comunidad Valenciana?
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¿Quién tiene la potestad legislativa en la Comunidad Valenciana?
La potestad legislativa dentro la Comunitat Valenciana corresponde a Les Corts, que representan al pueblo. Les Corts son inviolables y gozan de autonomía.
¿Quién dirige la administración de la Generalitat Valenciana?
El Consell es el órgano colegiado de gobierno de La Generalitat, que ostenta la potestad ejecutiva y reglamentaria. En particular, dirige la Administración, que se encuentra bajo la autoridad de La Generalitat.
¿Quién disuelve las Cortes Valencianas?
Desde la reforma del Estatuto de autonomía de 2006, el presidente de la Generalidad Valenciana puede disolver de forma anticipada el Parlamento y convocar elecciones. No obstante, no puede disolver el Parlamento durante la tramitación de una moción de censura.
¿Quién ejerce la patria potestad?
¿Quién ejerce la patria potestad? Artículo 156 del Código Civil dice que “la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro.”
¿Cuáles son los deberes de la patria potestad?
La patria potestad confiere a los padres la representación legal del hijo y encierra un doble contenido: personal y patrimonial. Como deberes inherentes a la patria potestad se encuentran, velar por los hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral así como representarlos y administrar sus bienes.
¿Quién puede solicitar el ejercicio exclusivo de la patria potestad?
Por ello, en estos casos lo más recomendable sería solicitar del Juzgado que se atribuya el ejercicio exclusivo de la patria potestad a quien de hecho lo viene haciendo ininterrumpidamente durante un largo periodo de tiempo. – Audiencia Provincial Cantabria (Sección 2ª), sentencia 9.09.2015:
¿Cuáles son las causas de la privación de la patria potestad?
Las causas posibles de privación o suspensión de la patria potestad son: drogodependencia , alcoholismo, perturbaciones mentales, malos tratos, ausencia de relación con los hijos, incumplimiento del deber de alimentarlos, condena penal, etcétera. La privación de la patria potestad, total o parcial, no constituye una sanción perpetua,